La pensión por incapacidad puede proteger a personas que han perdido parcial o totalmente su capacidad para trabajar.
El trámite cambia si la causa fue un riesgo de trabajo o una enfermedad o accidente que no está relacionado con el empleo.
Antes de iniciar, confirma tu institución, semanas cotizadas, dictamen médico y vigencia de derechos.
Lo que debes saber sobre la pensión por incapacidad
Casos que pueden generar una pensión
El nombre del trámite, los requisitos y el cálculo cambian según la causa y el régimen de seguridad social.
Incapacidad permanente parcial
Aplica cuando un accidente o enfermedad de trabajo reduce las capacidades para desempeñar una actividad laboral.
- Causa: relacionada con el trabajo
- Resultado: disminución de capacidades
- Duración: provisional o definitiva
Incapacidad permanente total
Se presenta cuando la persona queda imposibilitada para realizar cualquier trabajo por el resto de su vida.
- Causa: accidente o enfermedad laboral
- Resultado: imposibilidad total
- Evaluación: servicios médicos
Pensión de invalidez
Puede proceder cuando una enfermedad o accidente no laboral impide obtener más del 50% del salario previo.
- Causa: no relacionada con el trabajo
- Requisito: semanas cotizadas
- Vigencia: derechos conservados
Pensión provisional
En incapacidad permanente, el dictamen puede establecer un periodo provisional de adaptación de hasta dos años.
- Aplicación: según dictamen
- Revisión: puede ser necesaria
- Resultado: cambio o pensión definitiva
Pensión definitiva
Se concede cuando la institución determina que la condición permanente ya no requiere un periodo provisional.
- Base: dictamen institucional
- Monto: depende de cada caso
- Pago: sujeto a resolución
Valoración del expediente
La institución revisa identidad, cotizaciones, vigencia, dictamen médico y datos bancarios del solicitante.
- Identidad: documentos vigentes
- Cotización: según tipo de pensión
- Cuenta: CLABE a nombre del titular
Documentos y pasos frecuentes
Documentos habituales
Cómo iniciar
Primero, recibe atención médica. La institución debe valorar la condición.
Después, obtén el dictamen. Confirma si corresponde ST-3 o ST-4.
Por último, presenta la solicitud. Acude al área de prestaciones económicas de tu UMF.
Semanas requeridas en algunos casos de invalidez
Estas reglas corresponden al IMSS y cambian según el régimen aplicable y el porcentaje determinado en el dictamen.
Dudas sobre la pensión por incapacidad
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Consulta la pensión de incapacidad permanente
Revisa los requisitos oficiales y acude a la Unidad de Medicina Familiar que corresponda para iniciar la valoración.
Consultar trámites del IMSS → Serás dirigido al portal oficial del Instituto Mexicano del Seguro Social.




